Testamento (1806)
Última voluntad y testamento
Para la ejecución de las cláusulas establecidas a continuación, confío en la piedad filial de mis hijos, desando que sus hijos posteriormente sean tan confiables como ellos lo han sido para mí. Cláusula I: Deseo prestar declaración, hasta donde mis pobres facultades lo permiten, de mi gratitud extrema por el cuidado depositado en mí y la amorosa amistad desde el 25 de agosto de 1790 hasta el día de mi fallecimiento, de Marie-Constance Reinelle, esposa de Monsieur Balthasar Quesnet, fallecido. Sentimientos no sólo testimoniados por ella con delicadeza y sencillez, sino también con la más valiente energía, puesto que bajo el régimen del Terror me arrancó de la lámina revolucionaria que estaba, ciertamente, suspensa sobre mi cabeza; y por este medio le lego por los motivos arriba expuestos ochenta mil libras, en forma de las monedas vigentes en Francia en la fecha de mi fallecimiento, suma que se deducirá de la parte más libre y sin ataduras de mi legado, encargando a mis hijos depositarla en el intervalo de un mes, a contar a partir de mi fallecimiento, en manos de Monsieur Finot, notario de Charenton-Sint-Maurice, que nombro, para esos efectos, mi ejecutor testamentario, para, a través suyo, entregar a Madame Quesnet tal suma, de la manera más segura y más ventajosa y susceptible de proporcionarle un beneficio para su alimentación y su manutención, beneficio que le será pagado en partes, de tres en tres meses, y que será inalienable y no apropiable por quienquiera que sea, queriendo también que sea reversible a Charles Quesnet, que se convertirá en propietario, pero sólo en el momento del fallecimiento de su respetable madre. Respecto a esta voluntad que reflejo aquí a propósito del legado dejado por mí a Madame Quesnet, en el caso imprevisible de que mis hijos quisieran eludirla o sustraer cualquier suma, les pido encarecidamente que recuerden que una cantidad similar había sido por ellos prometida a la tal Madame Quesnet, en reconocimiento a los cuidados prestados por ella al padre de ellos, y que este acto no hace más que ponerse de acuerdo con esa intención y resguardarla, sin dudar de que el cumplimiento de mis últimas voluntades no puede siquiera agitar un instante de mi espíritu, sobre todo cuando reflexiono acerca de las virtudes filiales que nunca dejaron de caracterizarlos y de hacerles merecer todos mis sentimientos paternales. Cláusula II: Además, lego a la citada Madame Reinelle todo el mobiliario, objetos, ropa de cama, vestidos, libros o documentos presentes en mi habitación en el momento de mi fallecimiento, con la excepción de los documentos de mi padre, así designados por etiquetas colocadas en sus carpetas, que serán entregados a mis hijos. Cláusula III: Se entiende expresamente que los legados anteriores no privan a Madame Reinelle de ningún derecho, reclamación o gravamen que desee hacer sobre mis bienes, sean cuales puedan ser sus razones. Cláusula IV: En consideración a las molestias que estas últimas voluntades le ocasionen, lego a Monsieur Finot, notario de Charenton-Saint-Maurice, un anillo valorado en mil doscientas libras. Cláusula V: Finalmente, prohíbo la disección de mi cuerpo, cualesquiera fuesen los pretextos que para ello se pudiesen alegar. Pido con la más viva instancia que mi cadáver permanezca cuarenta y ocho horas en la habitación donde yo muera, metido en un ataúd de madera que no será cerrado sino al cabo de las precitadas cuarenta y ocho horas. Cuando expire ese plazo, el ataúd podrá ser cerrado. En el intervalo, se enviará un urgente aviso a Monsieur LeNormand, comerciante en maderas, boulevard de L'Egalité, nº 101, en Versalles, para rogarle que venga en persona y trayendo una carreta a buscar mi cuerpo y transportarlo después bajo su escolta y en dicha carreta al bosque de mi tierra de la Malmaison, comuna de Maucé, cerca de Epernon, donde quiero que sea colocado, sin ninguna ceremonia, en el primer soto que se encuentra a la derecha de dicho bosque, entrando en él por el lado del viejo castillo y siguiendo la gran avenida que lo divide. La fosa que se abrirá en dicho soto será cavada por el granjero de la Malmaison, bajo la vigilancia de M. LeNormand, quien no abandonará mi cuerpo hasta haberlo colocado en dicha fosa. M. de Le Normand podrá hacerse acompañar en la ceremonia, si así lo desea, por aquellos de mis parientes o amigos que, sin aparato alguno, quisieran darme esta última prueba de amistad. Una vez cerrada la fosa, se sembrarán sobre ella bellotas a fin de que más tarde, el terreno de la mencionada fosa quede guarnecido y el soto vuelva a poblarse como lo estaba antes. De este modo, las huellas de mi tumba desaparecerán de la faz de la tierra, como espero que mi recuerdo se borre igualmente de la memoria de los hombres, excepto de los pocos que me han continuado amando hasta el último momento de mi existencia, de los cuales me llevaré a la tumba un recuerdo muy dulce. Hecho en Charenton-Saint-Maurice, en estado de perfecta razón y en buena salud, el 30 de enero de 1806. Donatien Alphonse François de Sade
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